Instructor: C.P. Jorge Alfonzo Gasque Pereira
Objetivo
«Que el estudiante adquiera conocimientos de técnicas básicas de karate, habilidad, fortaleza física, espiritual y dominar el arte de ser un ciudadano respetuoso y honesto».
Es deber del estudiante de extraescolares:
1- Responabilidad de inscribirse en el primer año de su vida académica en el Tecnológico en alguna disciplina (Fútbol, Basquetbol, Karate Do Shotokan, Tae Kwon do, Folklore, Danza Moderna, Voleibol, Beisbol, Escolta, Banda de Guerra, Música, Batucada , Dibujo, Repostería, Manualidades).
2- Para que el estudiante pueda realizar su servicio social, será requisito indispensable haber cumplido su actividad extraescolar, que habrá de cubrir durante los primeros 2 semestres.
3- Al concluir sus dos semestres de actividades extraescolares deberá solicitar su constancia de acreditación en el departamento de Vinculación y Extensión.
4- En esta disciplina Karate Do Shotokan, el estudiante deberá adquirir su uniforme de la actividad.
5- Es obligatorio participar en los desfiles del 16 de Septiembre y el 20 de Noviembre. Eventos culturales, deportivos y cívicos.
6- En las prácticas de los talleres es obligatorio presentarse con ropa adecuada (ponerse de acuerdo con el instructor).
7- Asistir puntualmente a su actividad extraescolar, para no tener falta tienen 10 minutos de tolerancia.
El deber es tecnológico
1- El Instituto propiciará un ambiente recreativo de sano esparcimiento y respeto mutuo.
2- Proporcionar al estudiante información adecuada de algún cambio de horario.
3- Indicarle el lugar preciso de ensayo o práctica cuando suceda algún evento.
4- Otorgar al estudiante su Boleta de Acreditación al término de sus actividades extraescolares.
5- Otorgar los materiales necesarios para la actividad deportiva.
Los Casos de Justificación
- Será autorizado por permisos de prioridades que requiera el estudiante de actividades extraescolares.
- El alumno deberá comprobar su inasistencia por enfermedad con una justificación médica.
- Entregar la justificación a sus instructor correspondiente cuando menos dos días después de su inasistencia.